Si bien las personas que trabajan en el sector petrolero se pueden jubilar a los 50 años, existen muchos problemas para que ANSES les reconozca la actividad diferencial. Además, el trámite puede demorarse hasta 2 años y en varios casos salen denegados.
Por otro lado, ANSES les solicita varias certificaciones y copia del legajo de cada una de las empresas donde trabajaron. En decir que, no alcanza sólo con los recibos de sueldo para probar la actividad diferencial como petroleros. En primera instancia no parece un problema conseguir esta documentación; pero la realidad es que algunas empresas del sector desaparecen o directamente no dan respuesta a los pedidos de certificaciones.
Por eso es muy importante tomar medidas preventivas durante la actividad laboral, y desde el Estudio Jurídico Sommariva elaboramos estas recomendaciones que des tener en cuenta:
1. Cada vez que cesan un trabajo deben solicitar a la empresa o al empleador la “certificación de servicios”, donde se indica que régimen es diferencial. Además, de solicitarla a la empresa el formulario 6.50. Esto es sumamente importante, hasta para los más jóvenes.
2. En caso de que la empresa o el empleador se niegue a entregar la certificación, se puede iniciar un reclamo judicial para que la entregue. Si no emiten la certificación la empresa deberá abonar una multa.
3. Y también es conveniente iniciar un reconocimiento de servicios en ANSES unos años antes de cumplir con la edad, para que la misma reconozca esos servicios como régimen de petroleros. De esta manera, hay más tiempo ya que hay que esperar entre 1 o 2 años para su resolución. En caso de que salga rechazado, se puede impugnar. Bajo este escenario cuando la persona cumple la edad para jubilarse, ya tienen todo aprobado y la jubilación puede demorar sólo un mes en salir.
Si te tenés alguna duda o estas teniendo problemas para tramitar la jubilación, escribinos a info@estudiosommariva.com o llámanos al +54 9 11 63550327.